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Cómo ser autónomo en España: guía completa de requisitos, pasos y cuota

Updated: 27 September 2026 · 18 min read

Darse de alta como autónomo en España es un proceso que requiere cumplir unos requisitos mínimos, completar los trámites en dos organismos públicos y asumir unas obligaciones fiscales y contables mensuales. En 2026, el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) supera los 3,4 millones de afiliados, lo que convierte al trabajo por cuenta propia en una de las fórmulas laborales con mayor crecimiento de la última década.

Esta guía reúne todo lo que necesitas para ser autónomo en España: quién puede hacerlo, los pasos exactos para darse de alta en la Seguridad Social y en Hacienda, cuánto cuesta la cuota mensual con el nuevo sistema de ingresos reales, qué impuestos debes presentar y qué derechos te asisten como trabajador por cuenta propia. Si además necesitas gestionar tus finanzas personales en paralelo, te recomendamos consultar nuestra guía de finanzas personales.

Qué es ser autónomo en España

Ser autónomo en España significa ejercer una actividad económica de forma habitual, personal y directa por cuenta propia, sin estar sometido a un contrato de trabajo con un empleador. El trabajador autónomo asume los riesgos del negocio, organiza su propio tiempo y responde de sus obligaciones frente a clientes, proveedores y la Administración con su patrimonio personal.

Dato clave: En España existen más de 3,4 millones de autónomos activos, lo que representa aproximadamente el 16 % de la población ocupada. El 74 % son hombres y el sector servicios concentra al 76 % del total.

El marco legal del autónomo se define principalmente por la Ley 58/2003, General Tributaria, el Estatuto del Trabajo Autónomo (Ley 20/2007) y el Real Decreto-ley 13/2022, que introdujo el actual sistema de cotización por ingresos reales. Comprender este entorno normativo es el primer paso para ejercer con seguridad jurídica.

Tipos de autónomo en España

👤
Autónomo persona física

La forma más habitual. Responsabilidad patrimonial ilimitada: responds con tus bienes presentes y futuros.

🏢
Autónomo societario

Administrador de una sociedad (SL, SA). Cotiza en el RETA pero la responsabilidad se limita al capital social.

💻
Autónomo económicamente dependiente (TRADE)

Al menos el 75 % de tus ingresos provienen de un solo cliente. Requiere contrato registrado en el SEPE.

🌾
Autónomo agrario y marítimo

Régimen especial propio (ATA y REM). Cotizaciones diferenciadas y compatibilidad con ayudas de la PAC.

Quién puede ser autónomo en España: requisitos

Para darse de alta como autónomo en España necesitas cumplir tres condiciones básicas: ser mayor de edad, tener capacidad legal para ejercer una actividad económica y, si no eres ciudadano español, contar con una autorización de residencia y trabajo.

RequisitoDetalle
Edad mínima18 años. Mayores de 16 con emancipación o consentimiento de padres/tutores.
Residencia legalEspañoles con DNI vigente. Ciudadanos de la UE con certificado de registro. Extracomunitarios con autorización de trabajo por cuenta propia.
NIE/NIFNúmero de Identificación Fiscal obligatorio para todos los trámites con Hacienda y la Seguridad Social.
Cuenta bancariaIBAN español o SEPA para domiciliar la cuota del RETA y recibir pagos de clientes.
EmpadronamientoCertificado de empadronamiento vigente como justificante de domicilio fiscal.
Sin incompatibilidadNo puedes ejercer como independiente si tienes un contrato laboral a jornada completa incompatible, salvo pluriactividad regulada.

Extranjeros no comunitarios: necesitas una autorización de residencia y trabajo por cuenta propia, gestionada a través de la Oficina de Extranjería o el Consulado español en tu país de origen. El Registro de Oficiales de Inmigración (ROI) emite el NIE asignado. Sin este permiso, no podrás completar el alta en el RETA.

Pasos para darse de alta como autónomo

Darse de alta como autónomo requiere completar los trámites en dos organismos: primero la Tesorería General (afiliación y alta en el RETA) y después la Agencia Tributaria (alta censal). El orden importa: debes iniciar el proceso ante el organismo de cotizaciones antes de comenzar tu actividad, con una antelación máxima de 60 días.

  1. Paso 1: Obtén tu número de afiliación (NAF) si aún no lo tienes.
  2. Paso 2: Tramita el alta en el RETA a través del portal Importass, cumplimentando el modelo TA0521.
  3. Paso 3: Presenta el modelo 036 o 037 ante la Agencia Tributaria para darte de alta censal.
  4. Paso 4: Elige tu epígrafe IAE correcto y define tu base de cotización inicial.
  5. Paso 5: Configura tu sistema de facturación y lleva un registro contable desde el primer día.

Atención: Si comienzas tu actividad antes de tramitar el alta, la fecha de inicio se considerará el primer día del mes en que empezaste a trabajar. Si pasan más de 30 días sin regularizar, deberás enviar un escrito explicativo al organismo para poder completar el proceso.

Alta en la Seguridad Social: el RETA paso a paso

El Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) gestiona la afiliación, las altas y las cotizaciones de todos los profesionales por cuenta propia. Desde 2023, el portal Importass centraliza todos los trámites de forma telemática y obligatoria.

Qué necesitas para completar el TA0521

El modelo TA0521 es el formulario oficial de alta en el RETA. Debes facilitar los siguientes datos:

DatoDescripción
Datos personalesNombre, apellidos, DNI/NIE, domicilio, teléfono y correo electrónico.
Epígrafe IAECódigo de la actividad económica según el Impuesto de Actividades Económicas.
Fecha de inicioDía en que comienzas la actividad (no puede ser anterior al alta).
Estimación de rendimientosPrevisión de ingresos netos anuales para calcular tu base de cotización.
Base de cotizaciónDentro del tramo que corresponda a tus rendimientos estimados.
Mutua colaboradoraEntidad que cubrirá las contingencias comunes y profesionales.
IBAN bancarioCuenta donde se domiciliará el pago mensual de la cuota.

Una vez procesada la solicitud, recibirás el Documento de Afiliación que certifica tu alta ante el RETA. A partir de ese momento, tu obligación es pagar la cuota mensual correspondiente a tu tramo de ingresos, incluso si aún no has generado facturación.

Alta en Hacienda: modelos 036 y 037

Después del alta en el RETA, debes completar el proceso ante la Agencia Tributaria. El modelo 036 es la declaración censal completa; el modelo 037 es una versión simplificada válida para la mayoría de autónomos persona física.

¿Cuál elegir? El modelo 037 basta si eres persona física, te das de alta por primera vez y no tienes obligaciones especiales (recargo de equivalencia, régimen simplificado de IVA, etc.). Si tu situación es más compleja, utiliza el 036.

En este trámite debes indicar tu epígrafe IAE (Impuesto de Actividades Económicas), que clasifica tu actividad profesional. Los epígrafes más habituales para autónomos incluyen:

  • Epígrafe 844: Servicios de restauración (bares, restaurantes, catering).
  • Epígrafe 842: Servicios relativos a la propiedad industrial e intelectual (programadores, diseñadores, consultores).
  • Epígrafe 847: Servicios de publicidad, relaciones públicas y comunicación.
  • Epígrafe 899: Otros servicios diversos (reparaciones, limpieza, peluquerías).
  • Epígrafe 672: Transporte de mercancías por carretera.

Puedes presentar el modelo 036/037 de forma telemática a través de la sede electrónica de la Agencia Tributaria con certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve PIN. También puedes acudir presencialmente a cualquier oficina de Hacienda con cita previa.

Documentación necesaria para ser autónomo

Antes de iniciar los trámites de alta, reúne toda la documentación necesaria. Tenerla preparada acelera el proceso y evita errores que puedan retrasar tu inicio de actividad.

DocumentoPara qué lo necesitas
DNI o NIE en vigorIdentificación en todos los trámites. El NIE lo solicita un ciudadano no comunitario en la Oficina de Extranjería.
Tarjeta del RETATu número de afiliación (NAF). Si no la tienes, solicítala en una oficina de la Tesorería General.
Certificado de empadronamientoJustificante de domicilio fiscal. Lo emite el ayuntamiento donde residas.
Certificado bancario / IBANPara domiciliar la cuota del RETA y recibir cobros de clientes.
Autorización de trabajo (si aplica)Ciudadanos no comunitarios: permiso de trabajo por cuenta propia vigente.
Certificado digital o Cl@veImprescindible para tramitar online en Hacienda y el RETA.

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Cuánto cuesta ser autónomo: cuota y tarifa plana

El coste principal de esta figura es la cuota mensual al RETA. Desde enero de 2023, España aplica un sistema de cotización por ingresos reales que sustituyó a la antigua base de cotización libre. Esto significa que lo que pagas depende directamente de lo que ganas.

La tarifa plana de 80 € mensuales

Los nuevos autónomos pueden beneficiarse de la tarifa plana durante los primeros 12 meses (ampliables a 24 en municipios con despoblamiento rural). Esta bonificación fija la cuota mensual en 80 € independientemente del tramo de ingresos, siempre que la base de cotización elegida no supere la mínima del tramo correspondiente.

Ventaja fiscal: Además de la tarifa plana del RETA, muchos autónomos pueden acogerse a una reducción del 30 % en la cuota durante los primeros 24 meses si sus rendimientos netos no superan el salario mínimo interprofesional (SMI) anual.

Tramos de cotización 2026

El sistema divide los rendimientos netos anuales en 21 tramos. Cada tramo tiene una base mínima y una base máxima, y la cuota resultante se calcula aplicando el tipo de cotización correspondiente (el 31,2 % para 2026, incluyendo contingencias comunes, profesionales, cese de actividad y formación).

Tramo (rendimientos netos anuales)Base mínimaCuota mensual aprox.
Hasta 673,98 €/mes (≤ 8.087,76 €/año)950,98 €~ 233 €
673,99 – 900 €/mes1.012,50 €~ 252 €
900,01 – 1.166,66 €/mes1.075,00 €~ 270 €
1.166,67 – 1.300 €/mes1.175,00 €~ 300 €
1.300,01 – 1.500 €/mes1.275,00 €~ 328 €
1.500,01 – 1.700 €/mes1.425,00 €~ 370 €
1.700,01 – 2.030 €/mes1.575,00 €~ 410 €
2.030,01 – 2.330 €/mes1.725,00 €~ 450 €
2.330,01 – 3.120 €/mes1.875,00 €~ 488 €
3.120,01 – 4.050 €/mes2.030,00 €~ 530 €
Más de 4.050 €/mes2.330,00 €~ 607 €

Estas cifras son orientadoras. La cuota exacta depende de tu elección entre base mínima y máxima dentro de cada tramo, y de las bonificaciones aplicables. Si quieres profundizar en cómo optimizar estos costes, consulta nuestra comparativa de mejores cuentas para profesionales.

Nuevo sistema de cotización por ingresos reales

El sistema de cotización por ingresos reales, implantado progresivamente desde 2023, calcula tu cuota en función de los rendimientos netos que obtienes realmente. Los rendimientos netos se calculan restando de tus ingresos brutos los gastos deducibles y una deducción genérica del 7 % por gastos de difícil justificación.

Cómo se calculan tus rendimientos netos

La fórmula es sencilla: Ingresos brutos − Gastos deducibles − 7 % deducción genérica = Rendimiento neto. Este rendimiento neto determina el tramo en el que te sitúas y, por tanto, la base de cotización que te corresponde.

Ventajas del sistema
  • Pagas en proporción a lo que ganas: más justo que el sistema anterior.
  • Los autónomos con bajos ingresos cotizan menos.
  • Regularización anual: si ganaste menos de lo previsto, te devuelven la diferencia.
Desventajas a considerar
  • Mayor complejidad administrativa: debes prever ingresos y regularizar cada año.
  • Los autónomos con ingresos altos pagan significativamente más.
  • Las cuotas suben progresivamente hasta 2027, cuando se completará la transición.

La regularización anual

Cada año, el organismo compara los rendimientos netos que declaraste al inicio con los que realmente obtuviste (según los datos de la Agencia Tributaria). Si pagaste de menos, te girarán un cargo complementario. Si pagaste de más, recibirás un reembolso. Este mecanismo garantiza que la cuota se ajuste a tu capacidad económica real.

Obligaciones fiscales del autónomo: IVA e IRPF

Todo autónomo en España está sujeto a dos impuestos principales: el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) y el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF). Ambos se declaran de forma trimestral, aunque existen obligaciones adicionales según tu volumen de facturación.

El IVA trimestral (modelo 130 y 303)

Debes presentar el modelo 303 cada trimestre (enero, abril, julio y octubre). En este formulario ingresas el IVA repercutido a tus clientes y deduces el IVA soportado en tus gastos. El tipo general es del 21 %, aunque existen tipos reducidos (10 %) y superreducidos (4 %) según la actividad.

Si estimas que tu rendimiento neto superará el 70 % de tus ingresos (es decir, que la mayoría de tus clientes son empresas que ya te practican retención), debes presentar también el modelo 130: un pago fraccionado del IRPF del 20 % sobre el rendimiento neto del trimestre.

El IRPF y las retenciones

Como autónomo, tus clientes profesionales te aplican una retención del IRPF (generalmente el 15 %, o el 7 % durante los primeros tres años si eres nuevo autónomo). Esta retención se descuenta de tus facturas y se ingresa trimestralmente mediante el modelo 111. Al finalizar el año, presentas la declaración de la renta anual (modelo 100), donde se regulariza todo lo pagado a cuenta.

Resumen trimestral: Cada tres meses presentas: modelo 303 (IVA), modelo 111 (retenciones IRPF) y, si aplica, modelo 130 (pago fraccionado). En enero del año siguiente, presentas el resumen anual (modelo 190 para retenciones y modelo 390 para IVA).

Obligaciones contables del autónomo

A diferencia de las sociedades, los autónomos persona física no están obligados a llevar una contabilidad completa según el Plan General Contable. Sin embargo, sí debes mantener unos libros registro obligatorios que reflejen tu actividad económica de forma clara y ordenada. Estos libros deben estar legalizados en el Registro Mercantil de tu provincia antes de comenzar la actividad o, como máximo, dentro de los cuatro meses siguientes al cierre del ejercicio.

LibroQué registra
Libro registro de ventas e ingresosTodas las facturas emitidas, con fecha, número, cliente, base imponible e IVA.
Libro registro de compras y gastosTodas las facturas recibidas deducibles, con los mismos datos.
Libro registro de bienes de inversiónActivos que se amortizan en varios ejercicios (equipos informáticos, maquinaria, vehículos).
Libro registro de provisiones de fondosSi recibes anticipos de clientes antes de emitir la factura definitiva.

Además, debes emitir y conservar todas tus facturas durante un mínimo de cuatro años (seis años a efectos fiscales). La facturación electrónica será obligatoria para todos los autónomos a partir de 2025-2026 según la Ley Crea y Crece, por lo que conviene ir preparándose.

Gastos deducibles: qué puedes restar de tus ingresos

Para reducir tu base imponible y pagar menos IRPF, es fundamental conocer qué gastos son deducibles. Los más habituales incluyen: suministros del local o espacio de trabajo (luz, agua, gas, internet si trabajas desde casa con un porcentaje afectado), material de oficina, cuotas de profesionales (gestor, abogado), seguros de actividad, desplazamientos profesionales, formación vinculada a tu actividad y las cuotas del RETA. La clave está en que cada gasto esté justificado con factura, tenga relación directa con la actividad económica y figure correctamente registrado en tus libros.

Derechos del autónomo: paro, baja por enfermedad y ayudas

Los autónomos tienen derechos sociales específicos, aunque con diferencias respecto a los trabajadores asalariados. Conocer estos derechos te permite planificar tu protección ante imprevistos.

Prestación por cese de actividad (el «paro» de los autónomos)

Si tu actividad cesa de forma total por motivos económicos, técnicos, productivos o de fuerza mayor, puedes solicitar la prestación por cese de actividad. Los requisitos principales son:

  • Estar afiliado y al corriente de pago en el RETA.
  • Haber cotizado por cese de actividad durante al menos 12 meses continuados e inmediatamente anteriores.
  • Acreditar una caída de al menos el 10 % en los ingresos respecto al periodo anterior (o el 20 % si tienes trabajadores a cargo).
  • Suscribir un compromiso de actividad y solicitar el alta como demandante de empleo.

La duración máxima es de 12 meses y la cuantía es el 70 % de la base reguladora (la base de cotización de los 12 meses anteriores).

Incapacidad temporal (baja médica)

Desde 2023, los autónomos tienen derecho a la incapacidad temporal (IT) desde el primer día de baja por enfermedad común, siempre que hayan cotizado durante al menos 180 días en los 5 años anteriores. La prestación es el 60 % de la base reguladora del día 4 al día 20, y el 75 % a partir del día 21.

Si necesitas más información sobre protección financiera en situaciones de dificultad, consulta nuestra guía sobre los derechos del prestatario en España.

Ser autónomo vs crear una sociedad: ¿qué conviene más?

Una de las decisiones más importantes al emprender es elegir entre ser autónomo persona física o constituir una sociedad limitada (SL). Cada opción tiene ventajas e inconvenientes fiscales, legales y administrativos.

AspectoAutónomo persona físicaSociedad Limitada (SL)
ResponsabilidadIlimitada (respondes con tu patrimonio personal)Limitada al capital aportado (mínimo 1 €)
Impuesto aplicableIRPF (tipos progresivos: 19 %-47 %)Impuesto de Sociedades (23 % hasta 250.000 €; 25 % el resto)
Coste de constitución0 € (solo tasas de alta)600-1.000 € (notaría, registro, gestoría)
Obligaciones contablesLibros registro simplificadosContabilidad completa + depósito de cuentas anual
Imagen profesionalMenor para contratos con grandes empresasMayor credibilidad ante clientes corporativos
Gestión administrativaMás sencilla y económicaMás compleja: contable, auditoría si aplica, juntas

¿Cuándo conviene una SL? Generalmente, cuando los rendimientos netos superan los 60.000-70.000 € anuales, el tipo impositivo del IS (23-25 %) resulta más favorable que los tramos altos del IRPF. Además, la limitación de responsabilidad protege tu patrimonio personal ante posibles deudas o reclamaciones.

Errores frecuentes al darse de alta como autónomo

Evitar estos errores comunes te ahorrará sanciones, retrasos y dolores de cabeza durante los primeros meses de actividad:

Error 1 — Darse de alta en Hacienda antes que en el RETA. El orden correcto es primero el RETA y después la Agencia Tributaria. Si lo haces al revés, puedes tener problemas con la fecha de inicio de actividad.

Error 2 — Elegir un epígrafe IAE incorrecto. Cada actividad tiene su código específico. Un epígrafe mal elegido puede generar problemas con Hacienda o con el RETA. Consulta el cuadro de epígrafes antes de tramitar el alta.

Error 3 — No solicitar el certificado digital a tiempo. Sin certificado digital o Cl@ve PIN no puedes completar los trámites online. Solicítalo con al menos dos semanas de antelación, ya que la emisión puede tardar varios días.

Error 4 — Olvidar las obligaciones trimestrales. Los modelos 303, 111 y 130 tienen plazos fijos (20 de abril, 20 de julio, 20 de octubre y 30 de enero). Presentarlos fuera de plazo conlleva recargos del 5 % al 20 % más intereses de demora.

Error 5 — No separar las finanzas personales de las del negocio. Aunque legalmente no es obligatorio para autónomos persona física, mezclar gastos personales y profesionales complica la contabilidad y puede generar problemas en una inspección fiscal. Abre una cuenta específica para tu actividad.

Preguntas frecuentes sobre ser autónomo en España

¿Cuánto se tarda en darse de alta como autónomo?

El trámite de alta en el RETA a través de Importass se procesa en 24-48 horas hábiles. El alta censal en Hacienda (modelo 036/037) es inmediata si se presenta de forma telemática. En total, puedes estar operativo en 2-3 días laborables si tienes toda la documentación preparada y el certificado digital activo.

¿Puedo cobrar el paro y trabajar como independiente?

Sí. Puedes compatibilizar el cobro de la prestación por desempleo con el alta como autónomo durante un máximo de 9 meses (o hasta 270 días si tienes menos de 30 años). Pasado ese periodo, debes elegir entre seguir como autónomo o volver a cobrar la prestación pendiente. Existe también la opción de capitalizar el 100 % del paro para invertir en tu actividad.

¿Qué pasa si no facturo nada siendo autónomo?

Aunque no generes ingresos, mientras estés de alta en el RETA debes pagar la cuota mensual correspondiente a tu tramo. Si prevés no tener actividad durante un periodo prolongado, lo más eficiente es tramitar la baja temporal (cese de actividad) y volver a darte de alta cuando retomes la facturación. No hacerlo puede generar deudas con el RETA.

¿Puedo compatibilizar el trabajo por cuenta propia y asalariado (pluriactividad)?

Sí, la pluriactividad es legal en España. Si eres autónomo y asalariado simultáneamente, puedes solicitar la devolución del 50 % del exceso de cotización (la diferencia entre lo cotizado en ambos regímenes y el máximo legal). Debes solicitarlo antes del 1 de mayo del año siguiente al ejercicio en que se produjo la pluriactividad.

¿Cuánto cuesta un gestor para autónomos?

Los honorarios de un gestor para autónomos oscilan entre 50 € y 150 € al mes, dependiendo de la complejidad de tu actividad. Un servicio básico (presentación trimestral de IVA e IRPF + resumen anual) suele costar entre 50-80 €/mes. Si necesitas contabilidad completa, asesoramiento fiscal o gestión laboral de empleados, el precio sube a 100-200 €/mes.

¿Necesito un local para ser autónomo?

No. Muchas actividades de servicios (consultoría, programación, diseño, marketing digital) se pueden ejercer desde casa sin necesidad de un local comercial. Sin embargo, si tu actividad requiere atención al público o manipulación de productos, necesitarás un local que cumpla la normativa municipal. En ese caso, deberás verificar la licencia de actividad correspondiente en tu ayuntamiento.

Nota sobre responsabilidad financiera: Si decides financiar tu actividad como autónomo mediante préstamos o líneas de crédito, recuerda los principios de borrowing responsable que recomienda el Banco de España: no pidas prestado más de lo que puedes devolver, compara condiciones entre varias entidades antes de firmar y lee con atención todas las cláusulas del contrato, especialmente la TAE y las comisiones por cancelación anticipada.

Lucía Ferrer

Escritora de Finanzas Personales en EverythingEdinburgh

Lucía Ferrer es periodista financiera especializada en crédito al consumo en España. Lleva más de 8 años analizando microcréditos y entidades MFO: compara el coste real por TAE, prueba cada proceso de solicitud y revisa la letra pequeña y la normativa del Banco de España.

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